Con el fin de garantizar el cumplimiento del artículo 157 de la Ley 65 de 1993, la Dirección del Instituto Nacional Penitenciario, Inpec, y los directores de los centros carcelarios, promoverán la creación y organización de los cuerpos de voluntariado social, estableciendo, dentro de los dos (2) meses siguientes a la vigencia del presente decreto, mecanismos que faciliten la labor que éstos desarrollan.
Decreto 3002 de 1997 →Vigente
Artículo 13
Con El Fin De Garantizar El Cumplimiento Del Artículo 157 De La Ley 65 De 1993, La Dirección Del Instituto Nacional Penitenciario, Inpec, Y Los Directores De Los Centros Carcelarios, Promoverán La Creación Y Organización De Los Cuerpos De Voluntariado Social, Estableciendo, Dentro De Los Dos (2) Meses Siguientes A La Vigencia Del Presente Decreto, Mecanismos Que Faciliten La Labor Que Éstos Desarrollan
Decreto 3002 de 1997 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 65 de 1993.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.