º . Funciones del Consejo Directivo . Son funciones del Consejo Directivo, las siguientes
Formular a propuesta del representante legal, la política general del organismo, los planes y programas que, conforme a la Ley Orgánica de Planeación y a la Ley Orgánica del Presupuesto deben proponerse para su incorporación a los planes sectoriales y a través de estos, al Plan Nacional de Desarrollo.
Formular, a propuesta del representante legal, la política de mejoramiento continuo de la entidad, así como los programas orientados a garantizar el desarrollo administrativo.
Conocer de las evaluaciones semestrales de ejecución presentadas por la administración de la entidad.
Proponer al Gobierno Nacional las modificaciones de la estructura que consideren pertinentes y adoptar los estatutos internos de la entidad y cualquier reforma que a ellos se introduzca de conformidad con lo dispuesto en sus actos de creación o reestructuración.
Aprobar el proyecto de presupuesto anual del respectivo organismo, de conformidad con las normas legales vigentes.
Someter a la aprobación del Gobierno Nacional la planta de personal de la entidad;
Aprobar el Programa Anual Mensualizado de Caja, PAC, de los recursos propios.
Fijar los lineamientos generales que guían la cooperación internacional técnica y financiera no reembolsable que el país otorgue o reciba, de conformidad con las políticas de cooperación que señale el Gobierno Nacional.
Delegar las funciones de su competencia que considere pertinentes en el Director General, de conformidad con las normas legales vigentes.
Darse su propio reglamento.
Las demás que le señale la ley , el acto de creación y los estatutos internos.