Art. 4. ° Las disposiciones del decreto número 167 de 7 de marzo del presente año sobre materias de enseñanza, comenzarán á surtir todos sus efectos y serán obligatorias para los alumnos matriculados que en 1882 inicien su carrera escolar. Publíquese y comuníquese á los Gobiernos de los Estados.
Decreto 843 de 1881 →Vigente
Artículo 4
Decreto 843 de 1881 · Orgánico de las matrículas correspondientes al próximo año escolar de 1882
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.