Micelio

Artículo 4

Decreto 843 de 1881 · Orgánico de las matrículas correspondientes al próximo año escolar de 1882

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 4. ° Las disposiciones del decreto número 167 de 7 de marzo del presente año sobre materias de enseñanza, comenzarán á surtir todos sus efectos y serán obligatorias para los alumnos matriculados que en 1882 inicien su carrera escolar. Publíquese y comuníquese á los Gobiernos de los Estados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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