Micelio

Artículo 6

El Banco De La República, En Su Carácter De Administrador Del Fondo Financiero Forestal, Abrirá Una Cuenta Especial Para Atender El Servicio De Amortización, Pago De Intereses Y Demás Gastos De Emisión Y De Colocación De Los "bonos Forestales"

Decreto 1533 de 1978 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 26 de 1977

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El Banco de la República, en su carácter de administrador del Fondo Financiero Forestal, abrirá una cuenta especial para atender el servicio de amortización, pago de intereses y demás gastos de emisión y de colocación de los "Bonos Forestales". A dicha cuenta especial ingresarán los recursos contemplados por el artículo 3° de la Ley 26 de 1977.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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