° Modificase el Decreto-ley número 2344 de 1971 en los siguientes términos: El artículo 11 quedará así La Junta Directiva estará integrada por los siguientes. miembros
El Ministro de Defensa Nacional o su delegado, quien la presidirá:
El Ministro de Agricultura o su delegado:
El Jefe del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías;
El Comandante de la Fuerza Aérea Colombiana;
El Jefe de Operaciones Aéreas de la Fuerza Aérea Colombiana.
El Gerente de SATENA asistirá a la Junta Directiva con voz pero sin voto.