Decisión de fondo. El acto administrativo que decida sobre el levantamiento y cancelación parcial o total de una medida de protección colectiva, contendrá como mínimo:
Las razones de hecho y de derecho que motivan el levantamiento y cancelación de la medida de protección colectiva o su negación.
La relación y valoración del material probatorio recaudado durante el trámite administrativo.
La identificación político-administrativa de la zona geográfica sobre la cual se realiza el levantamiento.
La relación de los predios y registros sobre los que se ordena la cancelación de las anotaciones en los folios de matrícula inmobiliaria. Para el efecto, podrán utilizarse anexos al acto administrativo.
TEXTO CORRESPONDIENTE A