Micelio

Artículo 17

Los Libros De Registro De Los Almacenes Generales De Depósito Deberán Ser Rubricares De Conformidad Con Lo Dispuesto En El Código De Comercio

Decreto 1821 de 1929 · POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA LEY 20 DE 1921, SOBRE ALMACENES GENERALES DE DEPOSITO

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La misma Superintendencia determinará los libros especiales que deben llevar dichos Almacenes, para que sean debidamente registradas día por día, y en orden, todas las operaciones en que intervengan. Artículo 17. Los libros de registro de los Almacenes Generales de Depósito deberán ser rubricares de conformidad con lo dispuesto en el Código de Comercio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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