Micelio

Artículo 12

Del Comité De Personal Profesional

Decreto 2772 de 1979 · Por el cual se reglamenta el Decreto-ley 1321 del 6 de julio de 1978

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 12. Del Comité de Personal Profesional . El Comité de Personal Profesional estará integrado por el Director o su delegado, los Subdirectores, un representante del personal técnico-científico elegido por los mismos en votación universal y secreta, un representante de la Junta Directiva del Instituto y el Jefe de Personal quien actuará como Secretario. El funcionamiento interno del Comité será reglamentado por la Junta Directiva del Instituto:

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2772 de 1979