Micelio

Artículo 2

Decreto 3168 de 1959 · Por el cual se fijan las características de unos documentos de Deuda Pública Interna

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo . Mientras se efectúa la expedición de los títulos de deuda a que se refiere el artículo anterior, y se perfecciona su refrendación por la Contraloría General de la República, así como la incorporación de su valor al Presupuesto Nacional, el Tesorero General de la República podrá dar en garantía, mediante el endoso consiguiente, a favor del Banco de la República, el pagaré a la orden número 1 por $38.889.250.00, expedido el 1° de diciembre de 1959, por el Banco Popular a favor de la Nación, el cual posteriormente será sustituido por los títulos definitivos de que trata este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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