Artículo Segundo. Toda la quina que se extraiga y comercie en el interior o que sea objeto de exportación se presume extraída de bosques públicos o de propiedad nacional, a menos que se pruebe plenamente su procedencia de terrenos de propiedad particular.
Decreto 1068 de 1943 →Vigente
Artículo 2
Decreto 1068 de 1943 · Por el cual se reglamentan la explotación y el comercio quina
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.