Distribución de los recursos para la desarrollo del programa. Para la realización del programa de centros de atención integral al pre- escolar las direcciones regionales del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar destinarán, en su respectiva región, el 70% de las sumas recaudadas y trasladarán el 30% restante a la sede central del Instituto para que éste lo distribuya a las regiones donde las cotizaciones per cápita sean más bajas de acuerdo con las necesidades y prioridades fijadas por el Consejo Nacional de Política Económica y Social.
Dicho Consejo determinará qué región conservará la totalidad de lo recaudado para distribución interna.
En la distribución interna de los recursos, las direcciones regionales y los consejos de administración del nivel departamental deberán tener en cuenta las necesidades de las poblaciones menores y de las zonas rurales.
(Decreto 626 de 1975, artículo 14)