Micelio

Artículo 100

- Subsidio Familiar

Decreto 1884 de 1969 · Por el cual se reglamenta el Decreto de 1968.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

- Subsidio familiar

1.

A partir del segundo semestre de mil novecientos sesenta y ocho (1968) el subsidio familiar será equivalente a la suma de treinta pesos ($30.oo) por cada hijo sin que el total sobrepase de ciento veinte pesos ($120.oo) mensuales para cada empleado oficial con derecho al mencionado subsidio.

2.

La limitación cuantitativa señalada en el inciso anterior no se aplica a los empleados que venían percibiendo por el citado concepto una suma superior a dicho límite, con anterioridad a la vigencia del Decreto 3135 de 1968, conforme a lo dispuesto en el artículo 1o. del Decreto Reglamentario 448 de 1969.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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