Micelio

Artículo 1.8.2.1.1

Decreto 1730 de 1991 · por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 1.8.2.1.1 . CAUSALES. Corresponde a la Superintendencia Bancaria tomar posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios de una entidad vigilada cuando se presente alguno de los siguientes hechos que, a su juicio, hagan necesaria la medida, previo concepto del Consejo Asesor y con la aprobación del Ministro de Hacienda y Crédito Público

a)

Cuando haya suspendido el pago de sus obligaciones;

b)

Cuando haya rehusado la exigencia que se haga en debida forma de someter sus archivos, libros de contabilidad y demás documentos, a la inspección de la Superintendencia Bancaria;

c)

Cuando haya rehusado el ser interrogado bajo juramento, con relación a sus negocios;

d)

Cuando incumpla reiteradamente las órdenes e instrucciones de la Superintendencia Bancaria debidamente expedidas;

e)

Cuando persista en violar sus estatutos o alguna ley;

f)

Cuando persista en manejar los negocios en forma no autorizada o insegura, y

g)

Cuando se reduzca su patrimonio neto por debajo del cincuenta por ciento (50%) del capital suscrito. CAPÍTULO II. TOMA DE POSESION

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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