Artículo único . El Acuerdo número 21 de 1964 (febrero 3), del Consejo Intendencial de San Andrés y Providencia, quedará así: "ACUERDO NUMERO 21 DE 19641 (Febrero 3) Por el cual se fijan los cargos, las asignaciones civiles y los gastos de representación del personal de empleados de la Intendencia Nacional de San Andrés y Providencia, El Consejo Intendencial de San Andrés y Providencia, en uso de sus atribuciones legales, en especial de las que, le confieren la Ley 2ª de 1943 y sus Decretos reglamentarios números 2451 de 1943 y, 3272 de 1963, ACUERDA:
Decreto 645 de 1964 →Vigente
Artículo 1
Decreto 645 de 1964 · por el cual se aprueba, con modificaciones, el Acuerdo número 21 de 1964 (febrero 3), del Consejo Intendencial San Andrés y Providencia, sobre cargos, asignaciones civiles y gastos de representación del personal de empleados de la Intendencia.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.