El juicio de revisión de las cartas de naturaleza expedidas por el Presidente de la República, se sujetará al procedimiento siguiente:
El Ministerio Público formulará la demanda, acompañada de los siguientes documentos:
De la copia del decreto o resolución, por medio del cual el Gobierno lo autoriza para promover el juicio de revisión.
Del expediente que sirvió de base para la expedición de la carta de cuya revisión se trate, y
De las demás piezas o documentos que se relacionen con el asunto.