Art. 2° De las operaciones que se practiquen en virtud de esta autorización se dará informe al Ministerio del Tesoro, y se llevarán los datos del caso á la cuenta de la Administración departamental de Hacienda nacional de Panamá. Comuníquese y publíquese
Decreto 1318 de 1901 →Vigente
Artículo 2
Decreto 1318 de 1901 · por el cual se autoriza al Jefe Civil y Militar del Departamento de Panamá para que pueda contratar en el Extranjero la acuñación de monedas de planta a la ley 0´835.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.