° La Sección de Programas .para los Ministerios y Departamentos, Administrativos; tendrá, a su cargo las siguientes funciones
Proyectar, de acuerdo con las instrucciones recibidas del Jefe de la División, las normas que, en desarrollo delas disposiciones sobre programación consagradas en el Decreto-ley número 1675 de 1964, deban seguir los Ministerios y Departamentos Administrativos, al elaborar sus anteproyectos de programas y petición de partidas para incluir en el proyecto de Presupuesto de Gastos.
Preparar la estructuración de proyectos de Presupuesto de Gastos, de conformidad con la técnica de la programación, para las entidades mencionadas en el punto anterior.
Asesorar a los Jefes de División de Presupuesto; de los Ministerios y de Sección de Presupuesto de los Departamentos Administrativos, en todo lo relacionado con la preparación, y presentación de los respectivos anteproyectos de Presupuesto de Gastos para cada vigencia.
Elaborar la estructuración definitiva, de los programas de gastos de cada Ministerio y Departamento Administrativo, con base en los recursos que el Gobierno haya fijado a cada dependencia.
Clasificar los gastos de cada Ministerio y Departamento Administrativo por renglones económicos, funcionales y por objeto del gasto.6. Preparar los materiales que sobre programación de los Ministerios y Departamentos Administrativos solicite el Director Nacional del Presupuesto, para ser publicados. 7. Preparar los informes que sobre las labores de la Sección le sean, solicitados por el Jefe de la División, o por el Director Nacional del Presupuesto. 8. Colaborar en la preparación del informe anual sobre los resultados obtenidos en la aplicación de les programas de los Ministerios y Departamentos Administrativos. 9. Preparar los estudios estadísticos que demande la programación de los Ministerios y Departamentos Administrativos. 10. Proyectar la correspondencia, y someterla a la consideración y firma del Jefe de la División.