Micelio

Artículo 26

Ley 39 de 1912 · Que crea una Comisión Legislativa y reforma la 88 de 1910

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Declárase también vía nacional la que partiendo del Municipio de Apía, en el Departamento de Caldas, termina en el puerto de Lloró, sobre el río de Andágueda, Intendencia del Chocó.

Para la conclusión de esta vía, sus puentes, calzadas, etc., se destina del tesoro Nacional la cantidad de doscientos pesos por cada kilómetro, desde la próxima vigencia económica.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 39 de 1912