Micelio

Artículo 5

Son Funciones Del Abogado General: 1ª Estudiar Las Consultas De Carácter Legal Que Se Formulen En El Ministerio Y Presentar A El Ministro O Al Secretarlo General, Según Caso, Los Conceptos O Proyectos De Respuesta; 2ª Estudiar Y Revisar Los Contratos Que Celebren Los Gobernadores Y Alcaldes, Que De Acuerdo Con La Ley Requieran La Aprobación Del Gobierno, Y Presentar Al Ministro Los Conceptos E Informes Escritos Respectivos; 3ª Revisar Los Decretos Y Providencias Que Dicten Los Gobernadores, Y Que Requieran La Ulterior Aprobación Del Gobierno, Y 4ª Las Demás Que Le Sean Señaladas Por El Ministro

Decreto 33 de 1959 · Por el cual se señalan el personal, funciones y asignaciones del Ministerio de Gobierno

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Son funciones del Abogado General: 1ª Estudiar las consultas de carácter legal que se formulen en el Ministerio y presentar a el Ministro o al Secretarlo General, según caso, los conceptos o proyectos de respuesta; 2ª Estudiar y revisar los contratos que celebren los Gobernadores y Alcaldes, que de acuerdo con la ley requieran la aprobación del Gobierno, y presentar al Ministro los conceptos e informes escritos respectivos; 3ª Revisar los decretos y providencias que dicten los Gobernadores, y que requieran la ulterior aprobación del Gobierno, y 4ª Las demás que le sean señaladas por el Ministro

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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