°. Modifíquese el artículo 1° del Decreto número 2014 del 7 de diciembre de 2016, por medio del cual se establece la Zona Veredal Transitoria de Normalización (ZVTN) como Zona de Ubicación Temporal, en el departamento de Arauca - municipio Arauquita - Vereda Filipinas, en el sentido de reemplazar el anexo que originalmente se adjuntó, el cual contiene las coordenadas que definen su delimitación geográfica, georreferenciación y graficación, la zona de seguridad, la sede local del Mecanismo de Monitoreo y Verificación (MM&V) y el o los campamentos dentro de la ZVTN, incluida el área de recepción, con el objeto de garantizar el Cese al Fuego y de Hostilidades Bilateral y Definitivo y Dejación de Armas (CFHBD-DA).
Artículo 6
Modifíquese El Artículo 1° Del Decreto Número 2014 Del 7 De Diciembre De 2016, Por Medio Del Cual Se Establece La Zona Veredal Transitoria De Normalización (Zvtn) Como Zona De Ubicación Temporal, En El Departamento De Arauca - Municipio Arauquita - Vereda Filipinas, En El Sentido De Reemplazar El Anexo Que Originalmente Se Adjuntó, El Cual Contiene Las Coordenadas Que Definen Su Delimitación Geográfica, Georreferenciación Y Graficación, La Zona De Seguridad, La Sede Local Del Mecanismo De Monitoreo Y Verificación (Mm&v) Y El O Los Campamentos Dentro De La Zvtn, Incluida El Área De Recepción, Con El Objeto De Garantizar El Cese Al Fuego Y De Hostilidades Bilateral Y Definitivo Y Dejación De Armas (Cfhbd-Da)
Decreto 308 de 2017 · por el cual se modifican parcialmente los Decretos números 2003, 2006, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017 y 2024 del 7 de diciembre de 2016, que establecieron unas Zonas Veredales Transitorias de Normalización (ZVTN) y unos Puntos Veredales de Normalización (PTN) y se dictan otras disposiciones.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.