Funciones comunes a las dependencias que ejercen funciones administrativas en la Delegatura de Intervención y Asuntos Financieros Especiales. La Dirección de Investigaciones Administrativas por Captación y de Supervisión de Asuntos Financieros Especiales, así como los grupos adscritos a la misma, tendrán en común las siguientes funciones: 69.1 Velar por el cumplimiento de las disposiciones legales relativas a la Entidad y por el eficiente desempeño de las funciones técnicas y administrativas de la misma. 69.2 Cumplir con los indicadores de gestión correspondientes a su grupo o dirección y vigilar que todos sus subalternos diligencian los formatos y aplicativos en los que se hace seguimiento a la gestión. 69.3 Calificar a sus funcionarios de conformidad con los instrumentos definidos por la Entidad. 69.4 Cumplir con los planes de acción y de mejoramiento. 69.5 Colaborar en la construcción de indicadores de gestión. 69.6 Cumplir con los objetivos, metas, normas, procedimientos, gestión de calidad, estándares y proponer a su superior las modificaciones del Sistema de Gestión Integral cuando se requiera. También deben proponer los cambios a la información que aparece en Intranet y en la página web de la Superintendencia de Sociedades en los temas de su competencia. 69.7 Diligenciar los cuadros de seguimiento incluidos en el Sistema de Gestión Integral. 70/98 RESOLUCION 69.8 Resolver las solicitudes en general y las de información en particular, distintas a las consultas, relacionados con el área de su competencia, siempre y cuando no constituyan modificación de la doctrina de la Entidad. 69.9 Dar contestación a tutelas y los que demuestran el acatamiento de las órdenes de los jueces de tutela, relacionadas con el área de su competencia. 69.10 Informar a la Dirección de Cumplimento de la Delegatura de Asuntos Económicos y Societarios sobre las operaciones que puedan estar vinculadas al soborno transnacional, al lavado de activos o financiación del terrorismo de las que se tenga conocimiento en el desempeño de las competencias de inspección, vigilancia y control, de conformidad con el
parágrafo del artículo 1° del Decreto 1497 de 2002 o normas que los modifiquen, adicionen o reglamenten. 69.11 Disponer el envío de delegados a las reuniones de la Asamblea General o Junta de Socios de las sociedades que tengan asuntos de competencia de sus grupos o direcciones. 69.12 Practicar tomas de información relacionadas con los asuntos de su competencia y hacer los informes de las visitas correspondientes. 69.13 Adelantar investigaciones administrativas en los asuntos de su competencia. 69.14 Resolver las solicitudes en general y las de información en particular, distintos a las consultas, relacionados con el área de su competencia, siempre y cuando no constituyan modificación de la doctrina de la Entidad. 69.15 Remitir a quien corresponda las copias que acrediten la presunta ocurrencia de conductas punibles. 69.16 Verificar la conservación y actualización de los archivos y la información residente en los sistemas, aplicativos y bases de datos a su cargo, para garantizar que la misma cumpla con las normas de seguridad de la información, de tal manera que se encuentre actualizada y disponible, sea íntegra y confiable. 69.17 Elaborar informes de gestión sobre las funciones que le han sido asignadas. 69.18 Solicitar apoyo a la Dirección de Tecnología de la Información y las Comunicaciones en las actuaciones administrativas en las que se requiera el acompañamiento del Laboratorio Forense de la Entidad. 69.19 Solicitar apoyo del Grupo de Análisis y Regulación Contable, cuando se requiera soporte técnico en temas a su cargo relacionados con información financiera, contable y aseguramiento de la información. 69.20 Apoyar al Superintendente Delegado de Intervención y Asuntos Financieros Especiales, en la propuesta de una política de supervisión y cumplimiento de las normas relacionadas con los asuntos de su competencia, cumplirla y hacer el correspondiente seguimiento a su aplicación. 69.21 Solicitar información económica, financiera, jurídica y contable sobre operaciones específicas de las sociedades en los asuntos relacionados con su competencia. 69.22 Expedir las credenciales que autoricen a funcionarios para practicar tomas de información y realizar visitas cuando sea necesario para realizar las funciones a su cargo. 69.23 Practicar declaraciones bajo juramento a cualquier persona cuyo testimonio se requiera para el examen de los hechos relacionados con la dirección, administración o fiscalización de los sujetos supervisados, de acuerdo con lo previsto en la ley. 69.24 Remitir a las demás delegaturas, asuntos que sean propios de su competencia que sean encontrados en el desarrollo de sus funciones. 69.25 Consolidar los informes periódicos y solicitar aquellos que se requieran para el ejercicio de sus funciones. 71/98 RESOLUCION 69.26 Resolver los recursos de reposición que se presenten frente a los actos administrativos proferidos dentro de los asuntos de su competencia. 69.27 Conocer y aplicar los lineamientos establecidos en la Política de Gestión Integral para la Gestión Socialmente Responsable de la Entidad, de acuerdo a la normatividad vigente y dentro de un marco de ética y transparencia. 69.28 Las demás funciones que le asigne el Superintendente de Sociedades o el superior inmediato, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.