Contratos: Salvo disposición legal en contrario, los contratos que celebre la Gerencia para el cumplimiento del objeto social de ¡a corporación, no estarán sujetes a las formalidades y requisitos que la ley exige para los de la Nación, y sus cláusulas .serán las usuales para los contratos entre particulares. Sin embargo, en los términos del Decreto-ley 150 de 1976, podrá pactar el derecho a declarar administrativamente la caducidad de cualquier contrato y, cuando a ello hubiere lugar, deberá el Gerente incluir las prescripciones del caso sobre la renuncia a reclamación diplomática por parte del, contratista extranjero. El Gerente dará aplicación en la celebración de contratos, en lo pertinente, a. la sección sexta del citado i decreto y demás disposiciones concordantes. CAPITULO VI Capital social, acciones y accionistas.
Decreto 591 de 1977 →Vigente
Artículo 33
Contratos: Salvo Disposición Legal En Contrario, Los Contratos Que Celebre La Gerencia Para El Cumplimiento Del Objeto Social De ¡a Corporación, No Estarán Sujetes A Las Formalidades Y Requisitos Que La Ley Exige Para Los De La Nación, Y Sus Cláusulas
Decreto 591 de 1977 · Por el cual se aprueban los estatutos de la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana, S. A.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.