Micelio

Artículo 2.4.1.1.1.1.19

Certificado Médico De Aptitud Física

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Certificado médico de aptitud física. La Autoridad Marítima Nacional determinará los exámenes médicos y las condiciones necesarias para aplicar el presente artículo, de acuerdo con las disposiciones emitidas sobre el particular por la Organización Marítima Internacional (OMI), en especial la regla 1/9 la Regla 1/9 del Convenio sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar-STCW/78 enmendado Normas médicas, complementada con las obligaciones de la sección “A” y las recomendaciones de la sección “B” y demás normas que lo modifiquen.

Parágrafo

El certificado médico de aptitud física de la gente de mar tendrá una vigencia de dos (2) años.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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