Art. 3°. Las Secciones 2. a y 3. a del mismo extinguido Ministerio del Tesoro continuarán, como hasta hoy, mientras no se disponga otra cosa, atendiendo á los ramos de Crédito público y de Pensiones,respectivamente. Publíquese.
Decreto 335 de 1905 →Vigente
Artículo 3
Decreto 335 de 1905 · Por el cual se señalan funciones a algunas oficinas del Ministerio de Hacienda en el Ramo de contabilidad
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.