La Sección de Control de Calidad tendrá las siguientes funciones: 13.1 Colaborar con las respectivas dependencias del ministerio, en la preparación de estudios de ensayo de materiales y control de calidad de los mismos, empleados en las obras del Ministerio. 13.2 Efectuar las pruebas y ensayos de laboratorio para conocer las características y calidad de los materiales que van a ser utilizados en las obras y formular las recomendaciones del caso. 13.3 Efectuar las pruebas y ensayos de materiales procedentes de carreteras, receberas y demás yacimientos minerales que puedan ser eventualmente utilizados por el Ministerio en los trabajos de construcción y conservación de carreteras. 13.4 Elaborar cartilla de instrucciones y procedimientos para la evaluación de resultados de las distintas pruebas y ensayos. 13.5 Mantener el equipo de laboratorio necesario para que se cumplan correctamente las labores de la dependencia a su cargo. 13.6 Llevar las registros de los resultados de las investigaciones y ensayos efectuados.
Decreto 1322 de 1983 →Vigente
Artículo 13
La Sección De Control De Calidad Tendrá Las Siguientes Funciones: 13
Decreto 1322 de 1983 · Por el cual se determinan las funciones de las divisiones y secciones pertenecientes a cada una de las oficinas, direcciones y subdirecciones del Ministerio de Obras Públicas y Transporte
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.