La presente ley rige a partir de la fecha de su sanción.
Ley 35 de 1980 →Vigente
Artículo 3
Ley 35 de 1980 · por la cual se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia de 1.980 (Presidencia de la República y Ministerios de Hacienda y Crédito Público, Desarrollo Económico, Minas y Energía y Obras Públicas y Transporte), por $ 39.658.000.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.