Micelio

Artículo 1

Decreto 2170 de 1992 · por el cual se suprime el Fondo Nacional de Bienestar Social

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Supresión y Liquidación.- Suprímese el Fondo Nacional de Bienestar Social, establecimiento público creado y organizado por el Decreto-ley 3057 de 1968, el Decreto Reglamentario 1226 de 1970 y los Decretos ley 612 de 1974 y 147 de 1976.

En consecuencia, a partir de la vigencia del presente decreto, dicho establecimiento entrará en proceso de liquidación, el cual deberá concluir a más tardar el 31 de diciembre de 1993.

La liquidación se realizará conforme al procedimiento que establezca el Gobierno Nacional.

JURISPRUDENCIA

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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