º. La Oficina de Relaciones con las Entidades Territoriales cumplirá las siguientes funciones
Atender los representantes de las entidades territoriales, asistirlos y orientarlos acerca de las funciones y dependencias del Ministerio del Interior, del Sector del Interior o de la administración pública, que puedan satisfacer los intereses públicos que representen;
Servir de enlace, cuando se le solicite, con las instituciones y los funcionarios del orden nacional competentes, para el conocimiento de los asuntos y trámites a ellos confiados;
Las demás que tiendan al fortalecimiento de las relaciones entre las autoridades nacionales y las territoriales, y entre éstas y el Sector del Interior.
Las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo a la naturaleza de la dependencia. Oficina de Comunicación y Prensa