ARTICULO 7°. De conformidad con lo dispuesto en la Sentencia C-136/99 de la Corte Constitucional, los ingresos recaudados por concepto de la aplicación del impuesto de que trata el Decreto 2331 de 1998, dada su destinación específica, no servirán de base para la liquidación de las transferencias y participaciones a las entidades territoriales, ni del situado fiscal.
Artículo 7
De Conformidad Con Lo Dispuesto En La Sentencia C-136/99 De La Corte Constitucional, Los Ingresos Recaudados Por Concepto De La Aplicación Del Impuesto De Que Trata El Decreto 2331 De 1998, Dada Su Destinación Específica, No Servirán De Base Para La Liquidación De Las Transferencias Y Participaciones A Las Entidades Territoriales, Ni Del Situado Fiscal
Decreto 2168 de 1999 · por el cual se liquida la Ley 529 del 29 de octubre de 1999 que decreta unas modificaciones en el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y en la Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1999
El texto del artículo
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Historia constitucional
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