Artículo segundo. Con base en el nuevo recurso fiscal de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional -suplemental- para la vigencia fiscal en curso: MINISTERIO DE SALUD PUBLICA CAPITULO 76 Gastos Varios. A1a. Al artículo 1078. Para portes aéreos y terrestres, empaques, acarreos, aseguros, transporte de elementos, en la presente vigencia y anteriores $ 25.000.00 Total $ 25.000.00
Decreto 3266 de 1955 →Vigente
Artículo 1078
Para Portes Aéreos Y Terrestres, Empaques, Acarreos, Aseguros, Transporte De Elementos, En La Presente Vigencia Y Anteriores $ 25
Decreto 3266 de 1955 · Por el cual se abre un crédito adicional -suplemental- al Presupuesto vigente. (Ministerio de Salud Pública)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.