Micelio

Artículo 5

º El Artículo 13 Del Decreto 2396 De 1954, Quedará Así: "artículo 13

Decreto 2143 de 1986 · Por el cual se modifica el Decreto 2396 de 1954

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El artículo 13 del Decreto 2396 de 1954, quedará así: "Artículo 13. Son funciones del Canciller

a)

Elaborar las actas del Consejo.

b)

Suministrar las informaciones que los miembros del Consejo soliciten en relación con asuntos de la Orden.

c)

Cumplir las comisiones que le sean confiadas por el Gran Maestre o el Gran Canciller.

d)

Avisar a todos los miembros del Consejo la fecha en que se efectúen las sesiones.

e)

Recibir, tramitar y despachar la correspondencia del Consejo.

f)

Concurrir a todas las ceremonias de entrega de condecoraciones llevando a tales actos las correspondientes veneras y haciendo entrega de los respectivos diplomas.

g)

Llevar el registro de los miembros de la Orden, tanto militares como civiles, nacionales o extranjeros".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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