º. Será causal de mala conducta de quienes deben recaudar este impuesto demorar su transferencia a las juntas respectivas, después de lo previsto en el artículo 3 y no informar de los retrasos en los pagos a las Juntas Administradoras de Deportes y a los alcaldes municipales, para las sanciones aquí previstas.
Decreto 21 de 1972 →Vigente
Artículo 8
Será Causal De Mala Conducta De Quienes Deben Recaudar Este Impuesto Demorar Su Transferencia A Las Juntas Respectivas, Después De Lo Previsto En El Artículo 3 Y No Informar De Los Retrasos En Los Pagos A Las Juntas Administradoras De Deportes Y A Los Alcaldes Municipales, Para Las Sanciones Aquí Previstas
Decreto 21 de 1972 · Por el cual se reglamenta la Ley 30 de 1971
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.