Micelio

Artículo 3

En El Registro Se Dejará Constancia Del Nombre Del Interesado Que Presenta Los Papeles, Del Valor De Cada Uno De Éstos Y De Su Número Y Serie

Decreto 493 de 1925 · Por el cual se reglamenta el artículo 4o de la Ley 22 de 1925

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° En el registro se dejará constancia del nombre del interesado que presenta los papeles, del valor de cada uno de éstos y de su número y serie. Cada anotación será firmada por el interesado y por el Jefe de la Sección.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 493 de 1925