Micelio

Artículo 1

Supresión Y Liquidación

Decreto 271 de 2004 · por el cual se suprime el establecimiento público Instituto Colombiano de la participación “Jorge Eliécer Gaitán” y se ordena su liquidación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Supresión y liquidación . Suprímese el Instituto Colombiano de la Participación “Jorge Eliécer Gaitán”, Colparticipar, Establecimiento Público del Orden Nacional, adscrito al Ministerio de Educación Nacional, creado por el Decreto 87 de 1976, reorganizado por la Ley 34 de 1979 y reestructurado por el Decreto 351 de 1994. En consecuencia, a partir de la vigencia del presente decreto, dicha entidad entrará en proceso de liquidación, el cual deberá concluir a más tardar en un plazo no superior a (1) un año y utilizará para todos los efectos la denominación de Instituto Colombiano de la Participación “Jorge Eliécer Gaitán”, Colparticipar en liquidación. La liquidación se realizará conforme a lo dispuesto en el Decreto-ley 254 de 2000, mediante el cual se expide el régimen para la liquidación de las entidades públicas del orden nacional y las normas que lo adicionen, modifiquen y reglamenten.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 271 de 2004