Micelio

Artículo 1

Ley 105 de 1940 · Por la cual se cede el Municipio de Puertos Wilches, en el Departamento de Santander, la Casa de Mercado, de propiedad de la Nación

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cédese al Municipio de Puerto Wilches, en el Departamento de Santander, y desde la fecha de la promulgación de esta ley, la propiedad, explotación y administración de la Casa del Mercado que actualmente se construye en ese Distrito por cuenta del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 105 de 1940