Asesoría, inspección, vigilancia y control . El Ministerio de Desarrollo Económico, a través del Viceministerio de Vivienda, Desarrollo Urbano y Agua Potable, asesorará a los municipios y distritos en la organización e iniciación de actividades de las curadurías urbanas. Igualmente, evaluará su funcionamiento. Así mismo, podrá practicar en cualquier tiempo visitas a las curadurías urbanas para establecer su eficiente operación y sujeción a las normas legales y reglamentarias que les sean aplicables. El Ministerio de Desarrollo Económico divulgará periódicamente la normatividad que rige las curadurías urbanas, los resultados de las visitas que realice y las jurisprudencia y doctrina que les sean aplicables. Así mismo, en dichos boletines se darán a conocer los mejores y más eficientes procedimientos de ejecución en el país por parte de las curadurías urbanas.
Decreto 992 de 1996 →Vigente
Artículo 29
Asesoría, Inspección, Vigilancia Y Control
Decreto 992 de 1996 · por el cual se reglamenta el capítulo IV del Decreto Extraordinario 2150 de 1995.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.