Micelio

Artículo 6

Ley 24 de 1910 · Por la cual se crea una Comisaría Judicial especial en el Territorio del Caquetá

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las partidas necesarias para el cumplimiento de la presente Ley, que principiará á regir desde su promulgación, se considerarán incluidas en el Presupuesto de Gastos de la vigencia en curso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 24 de 1910