° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: Ministerio de Guerra. Capítulo 42. Del artículo 482. Para reparación de unidades a flote $ 150.000.00 Capítulo 42. Al artículo 478. Para alimentación, lavado y peluquería del personal $ 150.000.00
Decreto 2888 de 1949 →Vigente
Artículo 1
Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Guerra
Decreto 2888 de 1949 · por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Guerra).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.