Micelio

Artículo 1

º

Decreto 365 de 1982 · Por el cual se determina el valor de los gastos de inhumación para el personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional , Agentes, Alumnos de las Escuelas de Formación de Oficiales y Personal Civil del Ministerio de Defensa y la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Para los efectos previstos en los Decretos 609, 1110,612 y 613 de 1977, fíjanse las siguientes partidas máximas para cubrir el valor de los gastos de inhumación de los Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares y de Ia Policía Nacional, Agentes y Personal Civil del Ministerio do Defensa y laPolicía Nacional que fallezca en servicio activo o en goce de asignación de retiro o pensión: Oficiales Generales y de Insignia, hasta $ 20.000 Oficiales Superiores, hasta $ 18.000 Oficiales Subalternos, Suboficiales, Especialistas, personal de la Justicia Penal Militar y su Ministerio Público, comprendido entre los grados 10 al 22 de la nomenclatura de empleos fijada por el Decreto 911 de 1978 y trabajadores oficiales que acrediten título profesional universitario, hasta $ 16.000 Agentes, Adjuntos, Auxiliares, personal de la Justicia Penal Militar y su Ministerio Público, comprendido entre los grados 1 al 9 de la nomenclatura fijada por el Decreto 911 de 1978 y trabajadores oficiales no contemplados anteriormente, hasta $ 14.000

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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