Artículo primero. A partir del primero (1°) de enero de 1954, modifícase la estructura y suprímense todos los cargos del Despacho del Ministro, Secretaría General, Dirección, Juzgados Nacionales de Ejecuciones Fiscales, Oficina de Asesoría Económica, Oficina Jurídica, Oficina de Evaluación Estadística y Oficina de Organización y Métodos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público establecidos por los Decretos números 1711, 1810 y 2313 de 1960 y 79 de 1961.
Decreto 3271 de 1963 →Vigente
Artículo 1
Decreto 3271 de 1963 · Por el cual se modifica la estructura y la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.