Micelio

Artículo 1

Ley 8 de 1921 · por el cual se aprueba el censo nacional de 1918

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Apruébese el censo de población de la Republica, levantado el 14 de octubre de 1918.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 8 de 1921