La Nación y sus entidades descentralizadas podrán participar con otras entidades públicas en sociedades o asociaciones que se creen u organicen, con o sin la participación de personas privadas, en los términos del Decreto-Ley 130 de 1976, para promover el desarrollo de las regiones de la Amazonía y la Orinoquía, en materia ambiental, ecológica, del desarrollo económico, la investigación y la planificación.
Decreto 2274 de 1991 →Vigente
Artículo 39
Sociedades O Asociaciones Con Entidades Públicas
Decreto 2274 de 1991 · por el cual se dictan normas tendientes a asegurar la debida organización y funcionamiento de las entidades territoriales erigidas como departamentos en la Constitución Política y se dictan otras disposiciones.
1 sentencia lo revisó
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia