Micelio

Artículo 9

Las Preferencias Arancelarias A Las Que Tengan Derecho Las Importaciones De Los Productos Relacionados En El Artículo 1° De Este Decreto, Originarias Y Provenientes De Chile Y Los Demás Países Miembros De La Aladi, Se Aplicarán Sobre El Arancel Intracuota O Extracuota Según Corresponda Y En Concordancia Con Los Respectivos Acuerdos

Decreto 430 de 2004 · por el cual se crea el Mecanismo Público de Administración de Contingentes Agropecuarios y se modifica el Decreto 2685 de 1999.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Las preferencias arancelarias a las que tengan derecho las importaciones de los productos relacionados en el artículo 1° de este decreto, originarias y provenientes de Chile y los demás países miembros de la ALADI, se aplicarán sobre el Arancel Intracuota o Extracuota según corresponda y en concordancia con los respectivos acuerdos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 430 de 2004