Micelio

Artículo 2

A Partir Del 1° De Enero De 2007, La Asignación Básica Mensual Para Los Empleados De La Unidad Administrativa Especial Dirección De Impuestos Y Aduanas Nacionales Quedará Así: Escala Salarial Grado Asignación Básica 1 715

Decreto 607 de 2007 · por el cual se dictan normas sobre el régimen salarial para los empleos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. A partir del 1° de enero de 2007, la asignación básica mensual para los empleados de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales quedará así: Escala salarial Grado Asignación básica 1 715.391 2 758.971 3 803.228 4 888.521 5 931.928 6 958.774 7 1.028.229 8 1.030.817 9 1.112.582 10 1.141.588 11 1.166.632 12 1.241.195 13 1.301.475 14 1.376.197 15 1.451.420 16 1.502.349 17 1.589.164 18 1.657.313 19 1.782.699 20 1.900.177 21 2.000.627 22 2.228.423 23 2.368.442 24 2.481.258 25 2.607.358 26 2.751.373 27 2.911.289 28 3.061.280 29 3.215.297 30 3.398.747 31 3.523.151 32 3.766.829 33 4.022.968 34 4.317.837 35 4.608.884 36 4.910.449 37 5.206.279 38 5.498.155 39 6.229.220 40 6.855.667 41 7.105.241

Parágrafo

En la escala salarial fijada en el presente artículo, la primera columna señala los grados correspondientes a las distintas denominaciones de empleos y la segunda columna indica la asignación básica mensual establecida para cada grado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 607 de 2007