Convocatoria para la elección de las organizaciones gremiales de aportantes. Para efectos de la elección de los representantes de las organizaciones gremiales de aportantes para integrar el Comité Directivo del Fondo Nacional de Turismo, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo convocará a través su sitio web a las organizaciones gremiales de aportantes e informará sobre los requisitos previstos en la presente sección.
TEXTO CORRESPONDIENTE A
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 2.2.4.2.7.3. Ausencias temporales o absolutas de los alcaldes elegidos. En caso de ausencias temporales del Alcalde elegido como miembro del Comité Directivo del Fondo Nacional de Turismo será reemplazado por la autoridad distrital o municipal de turismo y en caso de ausencias absolutas, por el Alcalde que lo sustituya.
(Decreto 926 de 2013, artículo 3°)
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