Micelio

Artículo 4

El Ministerio De Obras Públicas Dividirá En Secciones De Extensión Determinada Toda Vía Carretera Ó De Herradura Que Haya De Construirse, Y Que Concluida Deba Ser Conservada

Decreto 655 de 1907 · Por el cual se reglamenta la manera de llevar a cabo la construcción y conservación de las carreteras y caminos de herradura nacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El Ministerio de Obras Públicas dividirá en secciones de extensión determinada toda vía carretera ó de herradura que haya de construirse, y que concluida deba ser conservada.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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