La Corporación se disolverá antes de que expire el término fijado para su duración, cuando así lo acordare la Asamblea General, con el voto del 90% de las acciones suscritas, o cuando haya perdido el 50% o más, del capital suscrito. El liquidador será nombrado por la Junta Directiva, y la liquidación se someterá a las disposiciones legales pertinentes. CAPITULO XI Reformas estatutarias .
Decreto 739 de 1957 →Vigente
Artículo 26
La Corporación Se Disolverá Antes De Que Expire El Término Fijado Para Su Duración, Cuando Así Lo Acordare La Asamblea General, Con El Voto Del 90% De Las Acciones Suscritas, O Cuando Haya Perdido El 50% O Más, Del Capital Suscrito
Decreto 739 de 1957 · Por el cual se aprueban unos estatutos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.