° El Personal De Los Institutos De Formación Y Preparación De Oficiales Y Suboficiales De Las Fuerzas Militares Y De La Policía Nacional Que Sean Destinados En Comisión Colectiva Al Exterior Para Realizar Visitas Operacionales O De Cortesía, Tendrá Derecho A Recibir, En Dólares Estadinenses Y A Razón De Un Dólar Por Cada Peso: A) Cuando Su Permanencia En El Exterior No Exceda El Término De Treinta Días, El 14% Del Sueldo Básico, El 15
Decreto 51 de 1980 · Por el cual se fijan los sueldos básicos para el personal de Oficiales y suboficiales de las Fuerzas Militares, de los Oficiales y Suboficiales y Agentes de la Policía Nacional y de los empleados públicos de las Fuerzas Militares, la Policía Nacional y el Ministerio de Defensa, se establecen bonificaciones para los Alféreces, Guardiamarinas, Grumetes y Soldados, y se dictan otras disposiciones en materia salarial
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° El personal de los Institutos de Formación y Preparación de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional que sean destinados en comisión colectiva al exterior para realizar visitas operacionales o de cortesía, tendrá derecho a recibir, en dólares estadinenses y a razón de un dólar por cada peso
a)
Cuando su permanencia en el exterior no exceda el término de treinta días, el 14% del sueldo básico, el 15.5% de los gastos de representación y el 10.5'% de la prima de Estado Mayor,
b)
Cuando la comisión exceda del término indicado en el ordinal anterior y a partir del trigésimo primer día, el 10.5% del sueldo básico, de los gastos de representación de la prima de Estado Mayor.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.