Cuando la solicitud se refiere a la apertura de créditos para atender a gastos no previstos en el Presupuesto, el representante legal del Establecimiento Público informará sobre lo siguiente:
Norma que autoriza el gasto que se desea incluir en el Presupuesto, o sentencia que reconoció el crédito judicial.
Cantidad requerida para el gasto.
Justificación económica sobre la urgencia o conveniencia para la apertura del crédito.
Concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación en los casos en que
Concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación en los casos en que el crédito sea financiado con recursos del Presupuesto Nacional de Inversión.
Concepto favorable de la Oficina de Planeación del respectivo Ministerio al cual se halle adscrito el establecimiento Público Nacional.