Micelio

Artículo 27

Ley 149 de 1888 · Código Político y Municipal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 27. Cada Cámara tendrá un primer Secretario y un Secretario Auxiliar, elegidos en votación secreta por mayoría absoluta de votos. Tendrá además un Oficial Mayor, un Oficial 1º, un Cartero y un Portero.

La Cámara del Senado tendrá cuatro escribientes y seis la de Representantes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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